En medio del Corredor de Conservación Transfronterizo Andino Amazónico, entre Ecuador y Perú, donde se conectan poblaciones de especies amenazadas, incluyendo el oso de anteojos, el tapir de montaña y la vizcacha ecuatoriana, la empresa Osos Negros Company hizo exploración inicial del proyecto de oro y plata El Potro.
“La sola presencia humana es un impacto porque la concesión está justo en el borde del Parque Nacional Yacuri”, dice Jimmy Japón, investigador y miembro de la Asociación Ecuatoriana de Mastozoología. Los parques nacionales, la mayor categoría de protección en el país, cuentan con zonas de amortiguamiento en las que se prohíben actividades de alto impacto como la minería metálica, explica. Sin embargo, el proyecto El Potro opera en esa franja.


La concesión Correa-Jirón, como está identificada en el catastro minero, fue otorgada a la empresa Osos Negros Company, subsidiaria de la canadiense Salazar Resources. El Grupo Nobis, de Isabel Noboa Pontón, tía del presidente, es un inversor estratégico y aliado de largo plazo de al menos otro proyecto de Salazar Resources en los Andes ecuatorianos.
“Por eso sería que las autoridades, tanto del Parque Nacional Yacuri como del Ministerio del Ambiente, tienen terror de tocar el tema”, afirma Esmeralda Vicente, presidenta del colectivo Juntos por el Agua, conformado para defender la naturaleza y el agua de consumo humano y de riego.
El proyecto se extiende por 1175 hectáreas de páramos donde nacen ríos que abastecen el sur del país y también el norte de Perú, sin embargo, la autoridad ambiental ecuatoriana consideró que el proyecto es de “bajo impacto”, por lo que no le exigió licencia ambiental, un permiso con mayores estándares ambientales y sociales que el registro ambiental con el que se le permitió operar.

Al ver la amenaza que se cernía sobre sus fuentes de agua, habitantes del cantón Espíndola presentaron una acción de protección, un recurso de protección de derechos constitucionales. En primera instancia, la Justicia resolvió en diciembre de 2025 que hubo violación a una serie de derechos constitucionales, entre esos, al agua y al ambiente sano, y ordenó frenar las actividades mineras.
Parecía una victoria, pero el Gobierno apeló y en abril de 2026 la Justicia retrotrajo el proceso al inicio. Mongabay Latam pidió la postura del Ministerio de Ambiente y Energía y de Salazar Resources. También solicitó información al Consejo de la Judicatura, la autoridad judicial nacional, pero ninguna de las instituciones respondió hasta la publicación del artículo.
Registro ambiental en lugar de licencia

La concesión intersecta con la Reserva de la Biósfera Podocarpus-El Cóndor, de acuerdo con el certificado de intersección al que accedió Mongabay Latam. La reserva cubre una superficie de 1.14 millones de hectáreas entre la provincia andina de Loja y la provincia amazónica de Zamora Chinchipe.
“Está entre las áreas más diversas del Neotrópico”, se lee en el sitio web de la UNESCO. Alberga el 25 % de la flora y la mitad de aves registradas en Ecuador en solo el 4 % del territorio. Además, con 211 especies únicas, tiene un gran endemismo.
A pesar de que Ecuador reconoce los derechos de la naturaleza, entre esos a respetar integralmente su existencia, el entonces Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE, ahora Ministerio de Ambiente y Energía) determinó que la exploración inicial de minería metálica en la zona es de “bajo impacto”.

Entonces, el 4 de mayo de 2023, el MAATE otorgó a Osos Negros Company el registro ambiental que habilita la exploración inicial. Mongabay Latam accedió a la sentencia en primera instancia donde consta que los accionantes y sus abogados sostuvieron que esa autorización no correspondía a la escala ni al tipo de proyecto.
A diferencia de la licencia, el registro ambiental no exige ninguna de las dos formas de consulta a la ciudadanía que ordena la Constitución en caso de proyectos extractivos: la consulta ambiental y la consulta previa, libre e informada. La primera es el derecho de todos los ciudadanos a pronunciarse sobre actividades que puedan afectar su entorno, mientras que la consulta previa es el derecho de los pueblos y nacionalidades indígenas a tomar decisiones sobre sus territorios ancestrales.
“El Ministerio quiere que las tres etapas de exploración se hagan con registro ambiental y se pase directamente a la explotación sin consultar a Espíndola”, opina Pablo Torres, abogado del colectivo. Aunque ese es el cantón directamente afectado, la concesión también se extiende sobre el cantón Loja, en la provincia del mismo nombre, y el cantón Palanda, en Zamora Chinchipe.

Tanto el Código Orgánico del Ambiente como la Ley Minera establecen que los proyectos destinados a la extracción de minerales metálicos como el oro requieren licencia ambiental, no registro, explica Torres. Por lo tanto, las poblaciones en la zona de influencia deben ser informadas y consultadas. La Ley también contempla que la minería de bajo impacto no puede superar las 300 hectáreas.
“Ese no es un error de buena fe, sino uno construido, queriendo camuflar una concesión minera de gran escala como una concesión minera de pequeño impacto ambiental”, señala el abogado.
En primera instancia, los abogados del Ministerio de Ambiente aseguraron que no existió vulneración a los derechos constitucionales. La sentencia, por otro lado, reconoció que hubo violación al derecho a participar en todas las etapas del proceso de adopción de decisiones, como consagra el Acuerdo de Escazú.
Olores nauseabundos en el páramo

En la zona de la concesión nacen afluentes de las cuencas Catamayo-Chira y Mayo Chinchipe, que abastecen a al menos seis cantones del sur de Ecuador. Solo en el cantón Espíndola, donde está gran parte de la concesión, hay 14 000 habitantes que podrían ser afectados por la potencial contaminación del agua por actividades mineras.
Esmeralda Vicente cuenta que la comunidad se enteró del avance de las actividades mineras porque vieron gente en el páramo. Entonces, el Colectivo Juntos por el Agua hizo una expedición al sitio y con kilómetros de distancia detectaron olores nauseabundos. Encontraron que los biodigestores que almacenan las aguas negras estaban llenos y se desfogaban las aguas negras hacia quebradas que, aguas abajo, son captadas para consumo humano.
En julio de 2025, investigadores de la Universidad Nacional de Loja detectaron la bacteria helicobacter pylori y metales pesados por encima de las normativas nacionales e internacionales en las aguas de consumo humano que nacen en el páramo concesionado. Aunque el informe, al que accedió Mongabay Latam, no es concluyente sobre el origen de la contaminación, para Vicente, es el resultado de la exploración minera y la mala gestión de aguas negras en la concesión.

El investigador Jimmy Japón, quien participó como amicus curiae en el proceso de acción de protección, afirmó en diálogo con Mongabay Latam que no hubo un buen manejo de los residuos fecales. Explica que esta es una zona muy sensible porque los acuíferos están conectados y ramificados en el subsuelo. Esto hace imposible controlar los drenajes de residuos peligrosos, de acuerdo con el especialista.
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Más presiones para especies amenazadas

También se documentaron otros impactos. La empresa habría habilitado senderos en zonas no autorizadas, transportado materiales con acémilas hacia el páramo, instalado campamentos y realizado perforaciones que provocaron un deterioro de la ceja de montaña, de acuerdo con Japón.
Especies como la vizcacha ecuatoriana (Lagidium ahuacaense) son “recelosas a la presencia de las personas”, por lo que la sola presencia humana interfiere con su ecología. Este pequeño roedor andino está En Peligro crítico de extinción y habita principalmente en la zona de amortiguamiento del parque.
Además, la concesión se ubica en un punto clave del Corredor de Conservación Transfronterizo Andino Amazónico, que conecta el Parque Nacional Podocarpus y el Yacuri, en Ecuador, con el Santuario Nacional Tabaconas Namballe, en Perú. Por lo tanto, el proyecto minero podría actuar como una barrera física para la movilidad de especies emblemáticas de los Andes.

El objetivo del Corredor es salvaguardar la naturaleza, pero también procurar que los procesos ecológicos funcionen correctamente, algo para lo que se requiere una buena conexión entre los ecosistemas, detalla Japón.
“Es inverosímil pensar que el flujo de estas poblaciones de animales que necesitan mucho más espacio del que se ha establecido con áreas protegidas se garantice con la presencia de minería en la zona”, afirma el investigador.
La búsqueda de protección de derechos
En segunda instancia, en abril de 2026, la Corte Provincial de Loja retrotrajo el proceso al inicio porque la demanda de acción de protección solo señalaba al actual Ministerio de Ambiente y Energía y no a la empresa concesionaria, por lo que consideró que Osos Negros Company no pudo defenderse.
“Nosotros no decimos que la empresa sea ilegal, pero sí está operando de manera ilegal porque el Ministerio de Ambiente lo provoca al otorgarle un registro y no una licencia ambiental. Quien produce la vulneración de derechos constitucionales es el Ministerio”, asegura Pablo Torres, abogado del colectivo.
Le preocupa que el proceso se inició hace un año y la Justicia todavía no se pronuncia en firme sobre la presunta violación de derechos y lo que él considera la “mala fe” del Ministerio de Ambiente y Energía. Ahora, los afectados deben incorporar a Osos Negros Company como demandada y presentar nuevamente la acción de protección.

“La sala no niega la demanda, pero sí pone trabas, sí hace que los procesos se dilaten y se vuelvan costosos. La idea es cansarnos”, asegura Torres.
Mientras tanto, los habitantes de Espíndola aseguran que las operaciones que amenazan su entorno no han cesado. “Estamos hablando de uno de los cantones con mayor pobreza del Ecuador”, dice Vicente. Y concluye: “Para nosotros, la minería es el fin de la vida. No tenemos otra cordillera, dependemos del Yacuri”.
- Este reportaje fue publicado originalmente en Mongabay Latam.














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